Visas y Migración
Ciudadanos estadounidenses viajando a Uruguay
Ciudadanos estadounidenses que viajen con pasaporte común no necesitan visa para ingresar a Uruguay. Al ingresar a Uruguay se les otorga 90 días hábiles para permanecer en el país. En caso de permanecer por más tiempo, pueden renovar su estadía ante las autoridades migratorias uruguayas contactándose con la Dirección Nacional de Migración a través de los siguientes correos electrónicos: dnm-secretaria@minterior.gub.uy o migracion@minterior.gub.uy
Titulares de pasaportes diplomáticos, oficiales o de servicio estadounidense requieren de visa para viajar a Uruguay.
Debe remitir un email a cdmiami@mrree.gub.uy adjuntando copia de su pasaporte, itinerario de vuelo y nota membretada de la institución a la que pertenece solicitando la visa.
La nota debe contener nombre completo, numero de pasaporte, fechas y motivo del viaje.
Ciudadanos con otras nacionalidades viajando a Uruguay
Para extranjeros de otras nacionalidades consulte en el sitio web de la Dirección Nacional de Migración para conocer si necesita obtener visa de manera previa a su ingreso a Uruguay: https://migracion.minterior.gub.uy
IMPORTANTE:
Si desea tramitar una visa, deberá enviar un correo electrónico con su número telefónico a cdmiami@mrree.gub.uy, adjuntando el formulario completo y firmado, así como copia de toda la documentación requerida para iniciar el trámite.
Una vez completado y enviado todo lo solicitado, recibirá una comunicación para realizar el pago (Money Order o Cashier check) a nombre de Consulate of Uruguay por U$S 54.00, en persona o por correo postal.
NO SE DARÁ CURSO AL TRÁMITE SI NO SE CUMPLE EL PROCEDIMIENTO INDICADO, SIN EXCEPCIONES.
La visa por si misma no se asegura a su titular el ingreso a la República Oriental del Uruguay, lo cual será siempre decidido por las autoridades migratorias competentes (Ministerio del Interior – Dirección Nacional de Migración) al momento de la llegada del extranjero al territorio uruguayo.
Si usted necesita visa para ingresar a Uruguay, el proceso de solicitud es el siguiente:
Visa de Trabajo
Podrán solicitar visa de trabajo aquellas personas que pretenden desarrollar una actividad laboral en Uruguay. Plazo de permanencia: Dependerá de la subcategoría migratoria que correspondiere, residente permanente o temporario, conforme lo previsto en los artículos 10 y 11 del Decreto Nº 394/009 del 24 de agosto del 2009.
Visa de Estudio
Podrán solicitar visa de estudio aquellas personas que pretendan cursar estudios, usufructuar becas o pasantías en programas oficiales, gubernamentales o de intercambio en instituciones habilitadas o autorizadas por los organismos oficiales correspondientes. Plazo de permanencia: 30 días. A efectos de gestionar su residencia temporaria, contará con un plazo de 30 días desde la fecha de ingreso al país.
Visa humanitaria y de urgencia
Podrán solicitar visa humanitaria y de urgencia aquellas personas que posean una causal fundada y debidamente acreditada para su ingreso a Uruguay, tales como: tratamiento médico, asistencia a una audiencia judicial, fallecimiento o situación de salud de un familiar o amigo y, aquellos casos que fueren autorizados por la autoridad competente.
Visa de Reunificación Familiar
Podrán solicitar visa de reunificación familiar aquellas personas que deseen reunificarse con su familiar conforme al artículo 10 de la Ley No 18.250 de 6 2008. La reunificación podrá ser solicitada por padres, cónyuges, hijos solteros menores de edad o mayores de edad con discapacidad.