Retorno a Uruguay

Encuentre aquí el Manual para el Retorno con información detallada sobre el proceso que implica retornar al país. Es importante que lea este manual atentamente de manera de evitarse inconvenientes posteriores. Recuerde que estar informado es tanto su derecho como su responsabilidad.

Retorno definitivo y por única vez: Ley 18250

  • Para gestionar el trámite de Retorno, deberá solicitar cita a través del siguiente email cdwashington@mrree.gub.uy, a efectos de presentar la documentación requerida.

  • Sugerimos que se contacte con el Consulado con una antelación mayor a 15 días de su retorno y realización de su mudanza.

  • Este trámite no tiene costo.

Requisitos:
Los documentos que deberá remitir por email a efectos de prepararle la documentación que deberá presentar en la Oficina de Retorno del Ministerio de Relaciones Exteriores una vez que arribe a Uruguay son los siguientes:

  • Recibos del banco, luz o cable de los últimos dos años (el último recibo y uno del mismo servicio de hace dos años) para demostrar que estuvo viviendo fuera del país.
  • Lista de enseres personales (un listado general de los enseres de casa que planea llevar con usted de regreso a Uruguay). El listado debe envíarse previamente por correo electrónico al consulado en formato Word. No se admiten listas de empaque (packing list) de la empresa de transporte. Esta lista de enseres se firmará el día de su cita en el consulado.

  • Carta del empleador o constancia laboral.

  • Si planea llevarse su auto, debe presentar:

    • El título del auto: documento original y una copia notarizada y apostillada en el Estado en que fue expedido el mismo.
    • Número de motor.
    • Deberá detallar su estado civil y en caso de estar casado, indicar si tiene régimen de bienes gananciales.
    • El día de su cita deberá presentar la documentación original previamente detallada.

Otro Régimen de Retorno: Decreto 139/014

  • Por medio del Decreto 139/014, los ciudadanos uruguayos (y extranjeros) con más de un año de residencia en el exterior, pueden ingresar al país, exentos de tributos, sus muebles y otros bienes de uso doméstico, herramientas, aparatos e instrumentos necesarios para el ejercicio de su profesión, arte u oficio.

  • Bajo este régimen, no se autoriza el ingreso de vehículos.

  • Este régimen, a diferencia del de la Ley 18250 que es por única vez, permite volver a utilizarse en el futuro las veces que sea necesario.

  • No se exoneran los costos de la preparación de la documentación por parte del Consulado, ni de la legalización de la documentación por parte del Ministerio de Relaciones Exteriores.

  • Para gestionar este trámite, deberá solicitar cita a través del siguiente email: cdwashington@mrree.gub.uy a efectos de presentar la documentación requerida.

  • Sugerimos que se contacte con el Consulado con una antelación de al menos  30 días de su retorno y realización de su mudanza.

Requisitos:
Los documentos que deberá remitir por email a efectos de prepararle la documentación que deberá presentar en la Oficina de Retorno del Ministerio de Relaciones Exteriores una vez que arribe a Uruguay son los siguientes:

  • Recibos del banco, luz o cable de los últimos dos años (presenta el primer recibo de hace dos años junto con los recibos de ese mismo servicio siguiendo una frecuencia cada tres meses hasta completar los dos años de uso del servicio) para demostrar que estuvo viviendo fuera del país.

  • Lista de enseres personales (un listado general de los enseres de casa que planea llevar con usted de regreso a Uruguay). El listado debe presentarse en formato Word con título detallando a quien pertenece la lista de enseres (Ejemplo: «Lista de enseres pertenecientes a la Sra. /Sr…………….”). No se admiten listados manuscritos, ni listas de empaque (packing list) de la empresa de transporte. Esta lista de enseres debe presentarse firmada por el interesado.

  • El costo de este tramite en el Consulado es de U$S 196, su pago se realiza con un Money order o cashier check a nombre del Consulado del Uruguay.